Google fue multado con 403 millones de euros, alrededor de 462 millones de dólares, por la Comisión de Protección de Datos de Irlanda (DPC), debido a infracciones relacionadas con el tratamiento de datos de geolocalización de sus usuarios.
La investigación se centró en el periodo comprendido entre el 25 de mayo de 2018 y el 4 de febrero de 2020, y analizó tres funciones de los servicios de Google: “Actividad web y de aplicaciones” (Web & App Activity), “Historial de ubicaciones” (Location History) y “Precisión de la ubicación” (Location Accuracy).
¿Por qué sancionaron a Google?
La DPC concluyó que Google incumplió disposiciones del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la Unión Europea relacionadas con la legalidad, equidad, transparencia y rendición de cuentas en el tratamiento de información de ubicación.
El organismo señaló que los usuarios podían no tener suficiente claridad sobre cómo se utilizaban sus datos de ubicación. Entre otros posibles usos, esta información podía emplearse para personalizar publicidad o inferir intereses de los usuarios.
La autoridad también cuestionó la conservación de determinados datos de ubicación durante un periodo mayor al considerado necesario.
Investigación comenzó en 2020
La DPC inició la investigación en febrero de 2020, después de recibir denuncias de organizaciones europeas de defensa de los consumidores, entre ellas la Organización Europea de Consumidores (BEUC).
Además de la multa económica, el regulador ordenó a Google adecuar sus prácticas de tratamiento de datos al RGPD en un plazo de seis meses.
Google ha señalado que el caso se refiere a políticas y prácticas anteriores y que desde entonces ha realizado cambios en sus sistemas, incluidos controles adicionales para los usuarios, opciones de eliminación automática y mecanismos para reducir la precisión de determinados datos de ubicación.
La sanción de 403 millones de euros representa una de las multas más elevadas impuestas por la autoridad irlandesa en materia de protección de datos y corresponde a la cuarta mayor sanción de la DPC.
Foto: EFE